Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas

30 de agosto

02 de Septiembre 2015

Hace casi cinco años que la Asamblea General de Naciones Unidas decide declarar al día 30 de agosto como “Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas” , indicando en su resolución la preocupación por el aumento de desapariciones forzadas a nivel global. Esto se produjo principalmente por una iniciativa Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos-Desaparecidos (Fedefam). FEDEFAM tiene el status consultativo en categoría II ante el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.

No obstante en el escenario local, en la Argentina, transitamos la presencia de un Estado Reparador y Justo, el cual no solo a través del Poder Judicial está llevando a cabo juicios en lo referido a Lesa Humanidad de la última dictadura militar, sino también pone en práctica un ejercicio constante de la Memoria.

Solo basta con observar algunos de la región o no, como España, para comprender que la Argentina está a la vanguardia a nivel mundial en políticas reparatorias. En ese país, durante el período franquista, se llevaron a cabo múltiples violaciones a los Derechos Humanos, y el Estado no se ha hecho cargo de las por lo menos 150000 desapariciones o asesinatos, ni la identificación de los aproximadamente 30000 niños, muchos de ellos ya fallecidos. Asimismo rige una ley de amnistía desde el año 1977 y la inaccesibilidad a los archivos militares, esto es solo una pequeña parte. En julio de este año la Organización de Naciones Unidas (ONU) a través de su Comité de Derechos Humanos advierte y realiza un documento sobre Derechos Civiles y Políticos en España.

Desde el advenimiento democrático en 1983 La Argentina ha dado o tratado de avanzar en políticas reparatorias, no obstante es inobjetable que la profundización y ejecución de políticas en ese sentido se establecieron a  partir del año 2003, y de manera constante.

Por solo enmarcar algunas leyes Nacionales desde el advenimiento democrático, podemos nombrar:

Ley Nº 24.321 Certificado de “ausencia por desaparición forzada”

Ley Nº 24.411 Indemnización por desaparición forzada o fallecidos por el accionar del terrorismo de Estado

Ley Nº 24.043 Indemnización para ex Detenidos

Ley Nº 25.914 Indemnización para Hijos

Ley Nº 26.564 ampliación de los beneficios de las leyes Nº 24.043 y Nº 24.411

Asimismo la reparación no comienza y termina en una ley, sino, se es visible cuando un Estado es dinámico y profundiza sus políticas de Derechos Humanos. Con el correr del tiempo y mientras estas políticas se van profundizando a nivel Nacional, las Provincias, los Municipios etcétera, van replicando paulatinamente el camino de la reparación, e incluso esta política al ser de Estado trasciende al mismo, aplicandosé en diversas Organizaciones Políticas o Sociales, ejemplo de eso son las creaciones constantes de nuevas Secretarías de Derechos Humanos en el Movimiento Obrero.

Los homenajes recordatorios a las Víctimas de Terrorismo de Estado son realizados desde diversos sectores Estatales o no, y son unas de las herramientas fundamentales en el ejercicio de La Memoria, que a su vez permiten a muchos familiares sumar elementos en la reconstrucción de la historia de vida de la víctima, generando una reparación a su familia.

Cuando en algunos países se piensa en la reducción de Ministerios Estatales, en nuestro país se incentiva la creación de nuevos Ministerios, entre ellos el de Derechos Humanos, situación que enmarca una posible profundización en políticas de Derechos Humanos y aclara que estas políticas, por la lucha histórica de los organismos y la decisión política de un Estado Presente, llegaron para quedarse.

Por Juan Martín Cobacho
Colaborador - Secretaría de Derechos Humanos SADOP Nación
Integrante- H.I.J.O.S La Matanza "30000 Veces Volveremos"

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