“No son nuestras diferencias lo que nos divide sino la incapacidad de aceptar esas diferencias”, Audre Lorde.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo (Ley 26.378) cuenta con el Anexo I con 50 artículos y el Anexo II con 18 artículos. El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación reunidos en Congreso sancionan con fuerza esta Ley.
Argentina adhirió y se comprometió a cumplirla, pero día tras día vemos desafortunadamente el incumplimiento de estos derechos.
Derecho a la educación inclusiva, derecho a la justicia, derecho a ejercer su sexualidad de manera saludable, derecho para decidir qué tipo de familias quieren formar, derecho a trabajar, derecho a transitar, derecho a compartir lugares públicos accesibles.
Un vez más se vulneran los derechos de las personas con diversidad funcional en contradicción a tratados internacionales, leyes nacionales y sobre todo se irrumpe con la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad que desde 2014 en Argentina tiene jerarquía constitucional, aprobada por la ONU y reconoce que las personas con discapacidad son sujetos de derechos.
Esto nos demuestra una vez más que para respetar los derechos humanos, no son suficientes las leyes sino la ACTITUD y el COMPROMISO.
Actitud para respetar al otro, actitud para convivir con el otro, actitud y compromiso por lo que le pasa al otro.
Nos pusimos a pensar qué siente una persona con discapacidad, cómo piensa, qué quiere, dándole la posibilidad de elegir. Claramente no.
Cuerpos invisibilizados, naturalizando que otros decidan por ellos, como sujetos portadores de cuerpos extraños y vacíos de sentimientos.
SIENTEN, ESCUCHAN, PERCIBEN, SUFREN, VIVEN, ESTAN, SON.
Somos parte de una sociedad injusta e indiferente.
Que los derechos sean efectivos, supone la garantía del Estado de llevar adelante las políticas públicas necesarias para ser vividos por todos los actores de esta sociedad.
Una vez más entra en juego el respeto de los derechos de las personas con discapacidad bajo un modelo vulnerable, determinando el alcance de estos derechos como políticas públicas.
La inclusión habla del derecho y la obligación social de construir entre todos, comunidades para todos, que permitan valorar la diferencia basada en el reconocimiento básico de la igualdad.
Por lo tanto, las leyes y acciones políticas deben buscar que todos los ciudadanos puedan ejercer sus derechos y el Estado, seguir constituyéndose como garante de los derechos de las personas con discapacidad.
Poder ejercer nuestros derechos adquiridos colectivamente, son conquistas difíciles de valorar para quienes lo poseen desde siempre.
Trabajemos para los que aún siguen peleando por ellos.
Por Prof. Sandra Ferrero
Docente de Apoyo a la Inclusión