El Convenio Colectivo de Trabajo en las Universidades Privadas

En ocasión de analizar el fallo histórico de la Cámara Nacional del Trabajo Sala VI, desde SADOP enfatizamos la función que la participación de la comunidad educativa de la Universidad del Salvador tuvo al momento de operativizar derechos constitucionales en su dinámica diaria de trabajo. Recientemente, SADOP y la Universidad John F. Kennedy arribamos a un acuerdo estableciendo pautas de incremento salarial y demás condiciones de trabajo, como así también la creación de una mesa permanente de negociación.

La Tiza 56 // 16 de Abril 2013
Acción Gremial en Universidades

Por la Secretaría Gremial de SADOP

 

La universidad, en tanto espacio en el que se desenvuelve la acción educativa y en la que no solo se transmiten o reproducen conocimientos académicos, culturales y sociales, sino que estos últimos se crean y recrean, es un escenario de vinculación y, por lo tanto, lleva ínsito el conflicto.

Las interrelaciones que se producen en estos ámbitos socioeducativos están mediatizadas no solo por las normas que regulan la actividad y las propias de cada institución, sino por valores, tradiciones y prácticas que en el devenir han soslayado, en muchos casos, un fin esencial de su quehacer en cuanto toda experiencia y conocimiento que allí se construye y distribuye debe servir como instrumento de mejora de la condición humana en sus múltiples dimensiones.

La tarea docente, que en las universidades privadas se enmarca en el trabajo dependiente, debe desarrollarse en el pleno reconocimiento y ejercicio de derechos fundamentales, los que garantizan al trabajador protección y condiciones de vida y de labor dignas. A pesar de la coincidencia en el plano conceptual de estos principios constitucionales, la realidad que vivimos los docentes en muchas de estas casas de estudios superiores expresa un proceso de precarización creciente y una baja estimación del aporte que hacemos a la comunidad en su conjunto.

Salarios insuficientes y/o por debajo del piso mínimo de ley, aplicación de contratos en fraude a la Ley de Contrato de Trabajo y empleo no registrado son algunas de las situaciones de injusticia en la que se observa la precarización del trabajo de los docentes universitarios antes denunciada. En este contexto, entendiendo la práctica educativa como práctica ética, la realidad nos interpela como colectivo social, demostrando que la lucha por la defensa de los derechos y la dignidad debe integrar  nuestra actividad, pues es esencial en nuestra tarea. 

Desde esta perspectiva entendemos la tensión y/o el conflicto como instancias superadoras si se recogen las mejores tradiciones históricas de solidaridad entre los trabajadores, participando organizadamente para transformar la realidad y humanizar el desarrollo con clave puesta en la justicia respecto de las relaciones de trabajo.

Se vuelve imperioso que las entidades propietarias se avengan a establecer un diálogo productivo que derive en un Convenio Colectivo de Trabajo para los docentes de universidades privadas que establezca las normas generales que regularán las relaciones profesionales y las condiciones de trabajo en el sector, estableciendo parámetros de equidad y justicia. Como expresara nuestro Secretario General, Dr. Mario Almirón, nuestros lugares de trabajo “…son más que ámbitos laborales. Son lugares de vida donde deben perfeccionarse todas las formas de convivencia. Es necesario que haya espíritu negociador y vocación por la Justicia por parte de quienes las conducen”.

En tal sentido, el acuerdo arribado entre la Universidad John F. Kennedy y SADOP, en su carácter de represente de todos los trabajadores docentes de la universidad, el que fuera homologado recientemente mediante Resolución N° 2000/2012 de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, como resultado de una negociación que estableció pautas de incremento salarial y demás condiciones de trabajo como así también la creación de una mesa permanente de negociación, es un ejemplo que tracciona para que el diálogo y los consensos sean los mecanismos para la resolución de los conflictos, tal como lo reconoce la Ley 14.250.

Así como ante la flagrante violación constitucional por la práctica antisindical desplegada por la Universidad del Salvador se pudieron restablecer los derechos conculcados fundamentalmente por la participación activa de los trabajadores docentes organizados a través de su sindicato, SADOP, la lucha de los docentes de la universidad John F. Kennedy junto a la organización que los representa logra iniciar un camino de participación en las mejoras de las condiciones de trabajo inédito en la vida de la universidad.

Entendiendo a la Negociación Colectiva como un Derecho Humano (Art. 75 inc. 22 Constitución Nacional) desde SADOP ratificamos nuestro reclamo por el Convenio Colectivo de Trabajo y nuestra voluntad de lucha para la concreción del mismo en cada universidad, en cada sede, porque donde hay una necesidad hay un derecho y el deber de garantizar la efectiva vigencia democrática a través de la materialización de los mismos en la realidad concreta.